Estacionarse mal puede costarte RD$5,000. La Ley 63-17 de Movilidad, Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, en su artículo 237, prohíbe parquear o estacionarse en 23 lugares específicos por razones de seguridad y fluidez del tránsito.
La lista incluye áreas críticas para la seguridad de peatones y conductores, como pasos de cebra, cruces de calles, bocas de incendio, zonas cercanas a semáforos y paradas de transporte público. El objetivo principal es evitar obstrucciones que puedan poner en riesgo vidas o entorpecer la circulación.
Desde el lunes 4 de agosto, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) y la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) comenzarán a fiscalizar y sancionar en distintas zonas del Distrito Nacional.
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Las infracciones no solo conllevan multas, también el remolque del vehículo.
Estas son las 23 zonas donde no puedes estacionar:
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Sobre una acera
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Dentro de un cruce de calles o carreteras
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A menos de 5 metros de una boca de incendio o hidrante
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Sobre un paso de peatones
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A menos de 5 metros de una esquina
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A menos de 10 metros antes o después de un semáforo
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A menos de 20 metros de un cruce ferroviario
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Junto a una excavación u obstrucción del tránsito
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En doble fila
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En túneles, puentes, pasos a desnivel, cuestas o curvas
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A más de 30 cm del borde de la acera
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En lugares prohibidos por señales oficiales
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En sentido contrario a la circulación
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A menos de 20 metros de una parada de transporte público
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En zonas de carga y descarga sin estar realizando esa acción
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A menos de 1 metro de otro vehículo estacionado (sin autorización)
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Frente a estaciones de bomberos, policía o fuerzas armadas
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Frente a accesos de templos, escuelas, hospitales, bancos o gasolineras
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En vía pública para venta o reparación de vehículos
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Donde el vehículo oculte señales de tránsito
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En isletas o áreas verdes junto a las aceras
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A menos de 10 metros de señales de “PARE”, “CEDA” o “CURVA”
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A menos de 1 metro de una entrada o salida de garaje
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