Ante el crecimiento acelerado de la movilidad eléctrica en el país, las autoridades anunciaron la aplicación de nuevas regulaciones que impactarán directamente a ciclomotores eléctricos (pasolas), scooters de alta potencia y vehículos de movilidad personal (VMP) a nivel nacional.
La medida responde al aumento de accidentes, la circulación irregular en avenidas y aceras y al vacío legal que hasta ahora ha permitido que muchos de estos equipos operen sin registro, seguro ni control efectivo.
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó que se impondrán multas de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado a quienes incumplan la normativa, mientras que la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) tendrá facultad para sancionar y retener vehículos en el acto.
Con esta disposición, el Gobierno busca ordenar un parque vehicular eléctrico que ha crecido rápidamente, especialmente en el transporte urbano y en servicios de mensajería y reparto.
Tipos de vehículos sujetos a cumplir la ley

Ciclomotores eléctricos (pasolas):
Son los más comunes en el país. Aunque más pequeños que las motocicletas tradicionales, sus motores les permiten alcanzar velocidades considerables, lo que incrementa el riesgo de accidentes.
Scooters eléctricos de alta potencia:
Vehículos de dos ruedas con manubrio, capaces de alcanzar entre 25 y 45 km/h, que circulan entre automóviles y no solo en espacios recreativos.
Vehículos de Movilidad Personal (VMP):
Incluyen patinetas avanzadas, monociclos eléctricos y otros dispositivos individuales que hasta ahora no contaban con placa ni seguro obligatorio.
El Intrant precisó que las disposiciones serán aplicadas de inmediato. En el caso de las motocicletas eléctricas, serán sancionados los conductores que circulen sin:
- Placa oficial
- Matrícula vigente
- Póliza de seguro
- Licencia de conducir Categoría 1
- Casco protector
Además de la multa, el vehículo podrá ser retenido de manera inmediata. Morrison, explicó que la Digesett tendrá autoridad para imponer sanciones en el acto al detectar infracciones, reforzando la fiscalización en calles y avenidas.
Límites de velocidad obligatorios
El Intrant recordó los límites establecidos:
- Patinetas eléctricas: máximo 20 km/h y prohibidas en aceras.
- Bicicletas de pedaleo asistido: hasta 45 km/h en carretera y 32 km/h para montaña o transporte de carga.
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Cualquier modificación que exceda estos límites será considerada una infracción grave. Las autoridades diferenciaron que los dispositivos de movilidad personal deben usar casco y respetar los límites de velocidad, mientras que las motocicletas eléctricas deberán cumplir toda la normativa aplicable a vehículos motorizados.
Como parte de la aplicación de las medidas, el Intrant coordinó con la Dirección General de Aduanas (DGA) y la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para garantizar que todas las motocicletas eléctricas estén correctamente importadas y matriculadas antes de su circulación.
Asimismo, importadores, distribuidores y empresas de alquiler deberán asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
Entre las disposiciones que serán implementadas se incluyen:
- Prohibición de conducción por menores en avenidas y calles de alto tránsito
- Definición de zonas de circulación permitidas.
En municipios como San Francisco de Macorís y Santo Domingo Este ya se realizan operativos para retirar vehículos que circulen de manera irregular.
Las autoridades reiteraron que el objetivo es proteger a peatones, niños y adultos mayores, reforzar la seguridad vial y ordenar un sector que ha crecido de forma acelerada, sin frenar la movilidad sostenible ni las actividades económicas que dependen de estos medios de transporte.
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