Intrant multa a 15 constructoras por obstruir vías públicas

Santo Domingo.– Quince empresas constructoras fueron sancionadas por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) tras operativos en los que se detectaron camiones realizando vaciados de concreto y materiales de construcción colocados en áreas de circulación sin los permisos requeridos.

Las inspecciones se realizaron en distintos puntos del Gran Santo Domingo, donde se ejecutan proyectos de construcción. En el Distrito Nacional, las brigadas se desplazaron por Piantini, Serrallés y Naco, mientras que en Santo Domingo Este las verificaciones incluyeron el sector Alma Rosa.

Las acciones corresponden a las labores de fiscalización que realiza el Intrant para comprobar el cumplimiento de las reglas aplicables al uso de las vías públicas y mantener condiciones de seguridad y movilidad para sus usuarios.

El director ejecutivo del organismo, Juan Manuel Méndez García, ha planteado que el cumplimiento de la Ley núm. 63-17 corresponde a todos los actores que participan en el sistema de movilidad y transporte, por lo que las disposiciones establecidas deben ser observadas.

INTRANT sanciona a 15 constructoras por ocupar carriles con vaciado de hormigón sin permisos
INTRANT sanciona a 15 constructoras por ocupar carriles con vaciado de hormigón sin permisos

La legislación contempla sanciones para quienes ejecuten determinados trabajos en las vías sin cumplir con las condiciones exigidas.

El artículo 151 de la Ley 63-17 establece como infracción realizar trabajos en la vía pública sin instalar y mantener la señalización de advertencia de peligro requerida. La sanción prevista para esta conducta va de uno a tres salarios mínimos.

También está el artículo 153, que regula los permisos para ejecutar trabajos en las vías públicas. En este caso, quienes realicen esas labores sin la autorización correspondiente del Intrant o del ayuntamiento pueden recibir una sanción de uno a cinco salarios mínimos.

Las obligaciones no se limitan a obtener una autorización. Para las intervenciones que cuentan con permiso, el párrafo II del artículo 153 establece que los trabajos deben desarrollarse sin impedir el tránsito.

INTRANT sanciona a 15 constructoras por ocupar carriles con vaciado de hormigón sin permisos

La normativa contempla además el momento en que deben efectuarse determinadas labores: los trabajos de corta duración que puedan dividirse deben hacerse preferiblemente durante los períodos de menor circulación vehicular, conforme al párrafo III del mismo artículo.

Otro de los requisitos establecidos consiste en retirar de inmediato los materiales y desechos, evitando que permanezcan sobre la vía pública y puedan afectar la circulación o generar un riesgo para sus usuarios.

Durante los operativos, el personal del Intrant comprobó situaciones relacionadas con vaciados de concreto y materiales ubicados en espacios destinados al tránsito. A partir de esas verificaciones fueron aplicadas las sanciones correspondientes conforme a las disposiciones legales.

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El organismo señaló que las actividades que requieran ocupar, intervenir u obstaculizar las vías públicas deben contar previamente con los permisos establecidos y cumplir las condiciones de seguridad determinadas por las autoridades competentes.

El Intrant informó que continuará con las labores de fiscalización para procurar que estos espacios sean utilizados de forma adecuada y que quienes desarrollen trabajos con incidencia sobre la circulación adopten las medidas necesarias para la protección de conductores, peatones y demás usuarios.

La institución mantiene así la aplicación de las disposiciones de la Ley 63-17 relacionadas con el uso de las vías públicas, la seguridad vial y las normas que rigen la movilidad y el tránsito terrestre.

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