Ante la incidencia de la tormenta tropical Melissa que afecta gran parte del territorio nacional, cobra especial relevancia el rol del Reglamento Aeronáutico Dominicano (RAD 3), que establece los procedimientos y responsabilidades del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) en materia de vigilancia y alerta meteorológica para la navegación aérea.
El RAD 3 define las disposiciones técnicas que rigen el Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea Internacional, con el fin de garantizar la seguridad de los vuelos ante fenómenos atmosféricos significativos como ciclones tropicales, lluvias intensas o reducción de visibilidad.
De acuerdo con este reglamento, el IDAC, a través de su División de Meteorología Aeronáutica, es responsable de vigilar la evolución de los ciclones tropicales dentro de su zona de responsabilidad, utilizando información proveniente de satélites geoestacionarios, radares y otros sistemas especializados.
Emite información de asesoramiento sobre:
-
Posición del centro del ciclón.
-
Intensidad y cambios durante la observación.
-
Dirección, velocidad, presión central y viento máximo.
-
Actualizaciones mínimas cada seis horas a las OVM para garantizar que los vuelos cuenten con información precisa y oportuna.
Estas estaciones realizan observaciones continuas durante las 24 horas, registrando parámetros como viento, visibilidad, nubosidad, temperatura y presión atmosférica, datos fundamentales para la emisión de los informes METAR y SPECI, utilizados por los pilotos y controladores aéreos para la toma de decisiones.
Estaciones Meteorológicas Aeronáuticas
El documento también dispone la operación de las Estaciones Meteorológicas Aeronáuticas (EMAs), que funcionan en los aeródromos nacionales y en puntos estratégicos del país.
Las EMAs ubicadas en aeródromos y puntos estratégicos cumplen funciones esenciales:
-
Realizan observaciones ordinarias cada hora, incluyendo viento, visibilidad, alcance visual en pista, temperatura, presión atmosférica y estado de nubes.
-
Emiten informes METAR y SPECI, esenciales para las operaciones de vuelo.
-
Mantienen sistemas automáticos integrados que permiten la difusión de datos en tiempo real, con capacidad de inserción manual de observaciones no captadas automáticamente.
-
Garantizan que las mediciones sean representativas de toda la pista y sus alrededores, fundamentales para aproximaciones y aterrizajes por instrumentos.
Oficinas de vigilancia meteorológica
Asimismo, el RAD 3 obliga al IDAC a establecer Oficinas de Vigilancia Meteorológica en estructuras marítimas o puntos significativos mar adentro, a fin de reforzar la vigilancia sobre fenómenos que puedan desarrollarse o desplazarse por el Caribe y afectar las rutas aéreas del país.
Las OVM mantienen la vigilancia constante dentro de la Región de Información de Vuelo (FIR) del país, preparando y difundiendo:
-
Información SIGMET y AIRMET para alertar sobre fenómenos peligrosos en ruta.
-
Avisos sobre actividad volcánica o liberación de materiales radiactivos que puedan afectar el espacio aéreo.
-
Datos meteorológicos de apoyo a los servicios de tránsito aéreo y al control aéreo regional.
Estos protocolos, junto con los sistemas automáticos integrados de medición instalados en los aeródromos con operaciones por instrumentos, permiten mantener una vigilancia constante y actualizada sobre las condiciones atmosféricas que inciden en la seguridad de las operaciones aéreas en la República Dominicana.
Observaciones de aeronaves
El IDAC también dispone de la recopilación de observaciones realizadas por los pilotos a bordo, tanto ordinarias como especiales, durante cualquier fase del vuelo:
-
Observaciones ordinarias: realizadas en ruta y durante el ascenso inicial, especialmente en aeródromos con alta densidad de tránsito.
-
Observaciones especiales: obligatorias ante fenómenos meteorológicos peligrosos, como turbulencia fuerte, tormentas, engelamiento, nubes de cenizas volcánicas, actividad volcánica o tormentas de polvo y arena.
El IDAC designa a los pilotos responsables de estas observaciones y establece exenciones para aeronaves sin enlace de datos aire-tierra.
En situaciones como la de la tormenta tropical Melissa, estas disposiciones son esenciales para que las aerolíneas, pilotos y operadores aeroportuarios puedan planificar sus vuelos y tomar decisiones seguras, minimizando riesgos asociados a fenómenos meteorológicos adversos.
El RAD 3, vigente en la República Dominicana, sirve como guía para asegurar que la información meteorológica aeronáutica sea precisa, oportuna y confiable, incluso ante fenómenos naturales extremos, protegiendo tanto a la tripulación como a los pasajeros.
¿Ya has visitado nuestro canal de YouTube? ¡Suscríbete ahora!

