Santo Domingo.- La seguridad jurídica en la minería dominicana plantea una discusión que va más allá de la continuidad de una concesión: mientras unos defienden la estabilidad de las reglas para proteger las inversiones, otros advierten sobre los derechos de las comunidades, los riesgos ambientales y la capacidad del Estado para hacer cumplir sus obligaciones.
Esa tensión quedó expuesta durante un panel de RD Debate, organizado por El Nuevo Diario y el Consejo de Desarrollo Económico y Social de Santo Domingo (Codessd), donde el caso del proyecto Romero sirvió para discutir las garantías que deben acompañar la actividad minera y los límites de los derechos que adquieren las empresas cuando reciben una concesión.
La discusión puso sobre la mesa distintas interpretaciones sobre el alcance de la seguridad jurídica en la actividad minera dominicana: desde las garantías que requieren las empresas para invertir hasta los derechos de las comunidades, la protección ambiental y las responsabilidades del Estado.
Como referencia para abordar estas tensiones, durante el panel se mencionó el caso del proyecto Romero, cuya suspensión de trabajos, sin que se haya retirado la concesión, sirvió para plantear interrogantes sobre la relación entre las decisiones de las autoridades y los derechos asociados a una inversión minera.

Para la abogada y expresidenta de la Asociación Dominicana de Exportadores (Adoexpo), Elizabeth Mena, la suspensión no elimina la necesidad de completar los procedimientos que permitan determinar la viabilidad del proyecto. Sostuvo que deben continuar las evaluaciones técnicas, legales, ambientales y sociales, puesto que la concesión no ha sido retirada ni ha concluido el proceso de investigación y evaluación.
Mena situó el caso en una discusión más amplia sobre las condiciones que buscan los inversionistas nacionales y extranjeros al elegir un país: reglas claras y seguridad jurídica para sus proyectos. Desde esa perspectiva, consideró que los estudios deben continuar hasta que se determine si la iniciativa es viable.
Sin embargo, el director de la Comisión Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Luis Carvajal Núñez, planteó que las garantías jurídicas no pueden analizarse únicamente desde la perspectiva de quienes invierten. A su juicio, el régimen de concesiones también afecta la seguridad de los propietarios de terrenos donde se desarrollan las actividades de exploración y explotación.
Carvajal señaló que, bajo el régimen que cuestiona, los propietarios pueden verse obligados a permitir intervenciones en sus terrenos durante la exploración y afrontar una eventual expropiación si el proyecto llega a la fase de explotación. Por ello, consideró que la legislación minera debe revisar la relación entre los derechos de la inversión y los de la población.
El académico añadió otra dimensión al debate: la protección de las actividades económicas que dependen de los servicios ambientales de las zonas donde se desarrollan los proyectos mineros. Si estas actividades entran en crisis, advirtió, también pueden verse comprometidas la seguridad jurídica y la seguridad física de las comunidades.
Las garantías de las concesiones y el papel del Estado

Ante los cuestionamientos sobre los efectos del régimen minero, el director general de Minería, Rolando Muñoz, defendió el procedimiento legal para otorgar derechos sobre los recursos naturales. Citó los artículos 14 y 17 de la Constitución dominicana y afirmó que las concesiones se conceden conforme a la Carta Magna y a la Ley Minera.
Muñoz sostuvo que los permisos para investigar los recursos naturales están sujetos a requisitos obligatorios y que el derecho sobre los recursos mineros es diferente del derecho de propiedad de terceros.
Con ese planteamiento, defendió la distinción entre las facultades que adquiere una empresa mediante una concesión y los derechos de los propietarios de los terrenos.
La discusión también alcanzó las responsabilidades que, según algunos participantes, pueden recaer sobre el Estado durante y después de las operaciones mineras. La comunicadora y ambientalista Denisse Larrauri cuestionó que se insista en la seguridad jurídica de las empresas sin prestar suficiente atención a los pasivos ambientales, los costos de las intervenciones estatales y las obligaciones económicas que podrían surgir ante la paralización de un proyecto.
Larrauri mencionó los pasivos ambientales y las presas de relaves vinculados a Rosario, sobre los que afirmó que el Estado ha tenido que intervenir y asumir riesgos y costos. También aludió a la instalación de un laboratorio en la Dirección General de Aduanas (DGA) para determinar los metales y las cantidades exportadas por Barrick Gold, y sostuvo que esa situación estuvo relacionada con la firma de un contrato especial.
También se refirió a las operaciones de Dovenco, empresa que vinculó con ciudadanos chinos a quienes atribuyó la extracción de tierras raras que, según afirmó, eran identificadas como bauxita. Asimismo, cuestionó las condiciones en que se desarrolla la actividad minera y la distribución de sus beneficios, al señalar que el Estado alega dificultades para entregar a las provincias mineras el 5 % que les corresponde.
En relación con los compromisos económicos del Estado, Larrauri advirtió que, si un proyecto minero no llega a ejecutarse, el país tendría que pagar a la empresa tanto la inversión realizada como las ganancias que esperaba obtener. La comunicadora cuestionó ese posible escenario frente a las dificultades que, según indicó, alega el Estado para cumplir con la entrega del 5 % de los recursos destinados a las provincias mineras.
Fernando A. Peña Segura, director del Observatorio Dominicano de Políticas Públicas de la UASD (ODPP-UASD), vinculó la discusión con el funcionamiento del sistema judicial y las posibilidades de las comunidades de reclamar ante instancias internacionales.
Peña Segura cuestionó la capacidad de respuesta del sistema jurídico dominicano frente al poder de las empresas mineras. Durante su intervención, se refirió a gestiones de comunidades de zonas mineras ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y mencionó otras acciones internacionales que, según indicó, estaban previstas.
También aludió a un procedimiento relacionado con el sector de refinación de oro y a presuntos incumplimientos. A partir de estos ejemplos, sostuvo que el sistema jurídico presenta deficiencias y advirtió sobre la influencia que, a su juicio, pueden ejercer las compañías mineras dentro del Estado.
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En contraste con las posiciones que priorizan la continuidad de los derechos adquiridos mediante las concesiones, el ingeniero geólogo Osiris de León defendió las garantías contempladas en la Ley Minera 146. Citó los artículos 143 y siguientes y recordó que el Estado tiene potestad para aceptar o rechazar solicitudes de concesión de empresas nacionales o extranjeras.
No obstante, señaló que, una vez otorgado el derecho de exploración, se inicia una secuencia que puede conducir a la explotación si la empresa cumple los requisitos establecidos. Por ello, consideró que los derechos de los concesionarios deben ser analizados y discutidos por el Estado.
De León también planteó la necesidad de actualizar la Ley Minera 146, promulgada en 1971, debido a que, según explicó, fue aprobada antes de que existiera la legislación ambiental y el régimen tributario actuales. Aun así, insistió en que cualquier revisión debe tomar en cuenta los derechos que adquieren las empresas cuando reciben una concesión.
Las intervenciones dejaron planteada una discusión con distintas perspectivas sobre el alcance de la seguridad jurídica en la minería dominicana: las garantías que reclaman los inversionistas, los derechos de las comunidades, las obligaciones ambientales y la capacidad estatal para regular una actividad cuyos efectos trascienden el área de operación de cada proyecto.
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