Santo Domingo.- Obtener una licencia para distribuir combustibles líquidos al por mayor en República Dominicana implica un desembolso de RD$725,000 por concepto de solicitud, inspección y licencia o certificación, de acuerdo con las tarifas consignadas por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM). A ese costo se suman exigencias de inversión e infraestructura, entre ellas contar con cuatro instalaciones propias terminadas al inicio de las operaciones.
La ficha del servicio SV-DCB-010 establece que las empresas deben presentar un plan formal de inversión que demuestre su capacidad técnica y financiera para disponer de instalaciones equivalentes, como mínimo, al 2% del total de estaciones de servicio del país. La mitad de esa infraestructura debe pertenecer a la compañía solicitante.
En el caso de las estaciones que no sean propiedad directa de la empresa, las facilidades destinadas al almacenamiento, la distribución y el expendio de combustibles o servicios deben pertenecer al distribuidor.
Los requisitos aplican a las compañías interesadas en comercializar al por mayor gasolina, gasoil, fuel oil, combustible de aviación (Avtur) y kerosene, y abarcan también la disponibilidad de personal especializado, medios de transporte autorizados y capacidad financiera para sostener la actividad.
Personal especializado y capacidad logística
La estructura empresarial debe incluir al menos 25 personas calificadas para desempeñar labores de supervisión, administración y funciones técnicas, además de suficiente personal operativo capacitado para desarrollar las actividades de distribución.
En materia logística, las compañías deben demostrar que disponen de vehículos propios o contratados y debidamente autorizados para transportar derivados del petróleo en el territorio nacional. El expediente debe incluir las matrículas y los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de circulación y los distintivos exigidos.
También se requieren pólizas de seguro vigentes para cubrir la responsabilidad civil frente a terceros y posibles daños a personas o propiedades relacionados con negligencias, omisiones o defectos de los equipos utilizados.
La autorización contempla, asimismo, la capacidad para responder ante emergencias y desastres mayores. Las empresas deben disponer de procedimientos operativos en materia de seguridad, salud y protección ambiental, además de mecanismos para capacitar a sus empleados y clientes en el manejo seguro de los productos.
La solicitud debe estar respaldada por un estudio técnico de mercado elaborado por una firma profesional que justifique la necesidad de incorporar un nuevo distribuidor al sector.
El análisis debe sustentar un volumen mínimo y sostenible equivalente al 10% de la demanda durante un año, sin perjudicar la eficiencia en el uso de las instalaciones de carga de los operadores existentes. También debe justificar la necesidad de ampliar en al menos un 10% la red nacional de estaciones de servicio.
En el ámbito financiero, las empresas deben presentar un plan de inversión y demostrar solvencia y capacidad para ejecutar el proyecto. La ficha incluye, además, la disponibilidad de recursos o garantías para responder ante riesgos mayores e indemnizaciones a terceros durante la comercialización y distribución de derivados del petróleo.
Este requisito presenta una discrepancia en el documento del MICM: el monto aparece expresado en letras como «doscientos millones de pesos», mientras que la cifra entre paréntesis indica RD$200,000.00. Por tanto, ambas cantidades se consignan tal como figuran en la ficha, sin atribuir al organismo una cifra distinta de la publicada.
Como parte de las condiciones de abastecimiento, el expediente debe incluir un contrato debidamente notarizado y legalizado con una empresa autorizada por el MICM para procesar o importar petróleo y sus derivados. También se exige documentación de las marcas registradas con las que se identificarán los productos comercializados.
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Costos y plazo de respuesta
La ficha del servicio SV-DCB-010 desglosa RD$700,000 por licencia o certificación y RD$25,000 por solicitud e inspección, para un total de RD$725,000.
La gestión puede realizarse mediante la Ventanilla Virtual del MICM, donde las empresas registran la solicitud, depositan los documentos y consultan el estado del expediente. El plazo de respuesta indicado por la institución es de 30 días laborables.
Entre los documentos administrativos requeridos figuran los registros corporativos y mercantiles vigentes, la inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), la certificación de cumplimiento tributario de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), los estados financieros auditados del último período y la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta de personas jurídicas (IR-2).
Las empresas solicitantes deben mantener al día sus obligaciones tributarias y de seguridad social, además de acreditar que cuentan con la estructura empresarial, financiera y operativa necesaria para desarrollar la actividad.
Fuente: Ficha del servicio SV-DCB-010 del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).
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