《 Informando hoy, lo que usted utiliza para el futuro 》

domingo 28, abril 2024

Incertidumbre en sector hidrocarburos ante falta de vistas públicas del proyecto de ley que busca reorganizarlo

Comparte:

¿Qué establece el Reglamento del Senado sobre las vistas públicas y qué ha pasado con el proyecto de ley que propone que los precios de combustibles se fijen cada 15 días?

 

Con el objetivo de establecer un modelo de reorganización integral del sector de los combustibles que regule aspectos de metodologías de precios, elementos de eficiencias del costo y establezca herramientas para la mitigación de alza de precios en el mercado internacional, fue sometido ante el Congreso Nacional un proyecto de ley que busca reformar la Ley No. 112-00.

La propuesta de reorganización, que es de la autoría del senador de María Trinidad Sánchez, Alexis Victoria Yeb y por del senador por La Vega, Ramón Rogelio Genao, busca reformar la Ley General de Hidrocarburos No. 112-00, la cual se mantiene intacta desde su promulgación en el 2000 y que establece un impuesto al consumo de combustibles fósiles y derivados del petróleo.

El proyecto de ley, que busca eficientizar las labores de fiscalización y monitoreo administrativo, el cual fue sometido en febrero de 2022 con la numeración 02041-2023-PLE-SE, fue reintroducido el 2 de febrero de 2023 en el Senado de la República, bajo la numeración 01387-2022-PLO-SE, debido a que la primera pieza sometida perimió sin que se presenten avances importantes.

Este nuevo proyecto de ley obedece a la petición de distintos sectores de actualizar la Ley No. 112-00, ya que entienden que la actual ley, promulgada en el año 2000, no se adecua a lo que plantea el nuevo contexto de los hidrocarburos en el mercado nacional e internacional.

Lo cierto es que el proyecto de ley, asignado a la Comisión Permanente de Industria, Comercio y Zonas Francas, el cual contiene nueve considerandos, catorce vistas y doce artículos, aún no ha sido llevado a una audiencia pública, tal y como lo establece el Art. 108 del Reglamento del Senado.

El artículo señala que “las Comisiones Permanentes y Especiales tendrán la decisión y la responsabilidad de convocar y administrar los mecanismos de consulta e intercambio en relación con los asuntos puestos a su cargo”.

Estos mecanismos son los siguientes: 1.- Vistas Públicas: Son eventos abiertos celebrados por los miembros de una Comisión para escuchar la opinión de toda persona interesada en participar sobre el tema anunciado. Los participantes entregarán sus posiciones por escrito.

Además, el Reglamento del Senado indica que “las vistas públicas serán convocadas a través de un aviso en un periódico de circulación nacional, por lo menos tres días laborables antes de la celebración de la misma”.

Esto, ha generado incertidumbre en los actores del sector hidrocarburos, debido a que desconocen lo que está sucediendo con la propuesta de modificación en el Senado, por lo que muchos afirman que el proyecto de ley está engavetado, mientras otros esperan que se realice la vista pública, tal y como lo exige el Reglamento del Senado.

En ese sentido, el presidente de la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (Anadegas), Juan Matos y el presidente de la Asociación Nacional de Gas Propano (ANG), Walberto Anibal Céspedes, resaltaron la importancia de que se realicen las vistas públicas para que todos los actores del sector puedan participar y realizar sus observaciones del proyecto.

De acuerdo con el presidente de Anadegas, las vistas públicas son uno de los procesos más importantes al momento de estudiar un proyecto de ley, debido a que los actores de ese sector deben conocer la propuesta y deben ser tomados en cuenta antes de que el proyecto sea aprobado y convertido en ley.

Juan Matos, presidente de la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (Anadegas)
Juan Matos, presidente de la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (Anadegas)

Hasta el momento no hemos sido convocados a una vista pública y el proyecto de ley no puede ser aprobado sin que se lleve a cabo este proceso en el que todos tenemos el derecho de participar. Este proceso nos permite hacer las recomendaciones que las diferentes entidades del sector de los combustibles entendamos que podamos hacer”, resaltó Matos.

Asimismo, el presidente de ANG, especificó que, aunque el Senado de la República realizó algunas reuniones con los actores del sector cuando el proyecto se introdujo por primera vez, después de ser reintroducido no se ha anunciado ninguna vista pública.

Lo que sí hemos hecho los miembros del sector, es que le hemos enviado muestras observaciones del proyecto al Ministerio de Industria y Comercio, tanto en la parte del Gas Licuado de Petróleo como del combustible, dejando claro que el proyecto debe ser consensuado antes de que fuese sometido nuevamente a los diputados y senadores”, dijo Céspedes.

De acuerdo con el presidente de ANG, si el proyecto se aprobase sin hacer las vistas públicas o sin haber sido consensuado, el Poder Ejecutivo será presionado para que la ley sea vetada y no sea promulgada.

Además, Céspedes advirtió que, en caso de que se sepa que una de las cámaras aprobó el proyecto de ley sin cumplir con el debido proceso, el sector se movilizará hacia esa Cámara en reclamo de que sea algo participativo.

Walberto Anibal Céspedes, presidente de la Asociación Nacional de Gas Propano (ANG)
Walberto Anibal Céspedes, presidente de la Asociación Nacional de Gas Propano (ANG)

Si el Senado aprueba el proyecto sin hacer las vistas públicas y sin terminar de hacer los estudios correspondientes por las comisiones que tienen asignada la labor de revisión, concienciación y socialización de la propuesta de ley, esto sería antidemocrático”, puntualizó Céspedes.

Recordó a las autoridades que, si no se hace bajo lo que establece la Carta Magna, dejará de ser algo democrático e incluso, puede poner en peligro o en riesgo muchos ingresos para las empresas y las familias de los cabezas de familia que laboran en esas empresas.

¿Qué ha pasado en el Congreso?

Senado de República
Senado de la República

EHPLUS  tuvo acceso al extracto del acta No.0101 de la Sesión Ordinaria del día 02 de marzo de 2022 de la Cámara de Senadores, donde varios senadores pedían agilizar el proceso, debido a la importancia que tiene el rebajar el costo de los combustibles, al considerar “desproporcionado” el precio que actualmente está pagando el pueblo dominicano.

Ante la indecisión que existía en el Senado sobre si enviar el proyecto de ley a la Comisión de Industria y Comercio, a la Comisión de Energía o crear una comisión especial para que estudie la propuesta de modificación, los legisladores acordaron enviarlo a una sola comisión, para que los legisladores que quieran opinar o presentar sus observaciones, tenga el espacio para hacerlo.

En ese sentido, los senadores aprobaron que el proyecto sea conocido por la Comisión de Industria y Comercio, dándole la libertad a los senadores interesados en el tema de participar en el conocimiento de la pieza legislativa.

En cuanto al plazo límite para la entrega de los informes de las Comisiones Permanentes y Especiales, el Art. 94 del Reglamento del Senado, le otorga un plazo de 30 días y, en caso de que la Comisión haya presentado un informe, indicando el estado en que se encuentran sus trabajos y las razones por las cuales no se ha presentado el informe a tiempo, dicho plazo podrá ser aumentado por decisión del Pleno.

Sin embargo, a la fecha no existe un documento oficial sobre los informes de la comisión o si se ha extendido el plazo para la entrega de los resultados.

Asociaciones advierten proyecto monopoliza el sector

Ley Hidrocarburos

 

El presidente de la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina y el presidente de la Asociación Nacional de Gas Propano, calificaron el proyecto de ley que busca reorganizar el sector de hidrocarburos como “conflictivo”, ya que, a su entender, este viene a monopolizar el sector, debido a que contiene algunos vicios que no deberían de ser pasados por alto.

El presidente de Anadegas aseguró que el proyecto de ley que se está conociendo en el Congreso es un “engaño”, ya que está preparado y está siendo aunado por sectores que quieren crear un monopolio en el sector de los combustibles.

Matos afirmó que la iniciativa legal no le conviene a República Dominicana ni a los actores del sector de los combustibles, ya que solo beneficia a los que tienen terminales de almacenamiento. Además, señaló que la pieza legislativa no había sido consensuada con el sector, sino que es de interés de una sola parte.

Entendemos que este proyecto no es favorable y consideramos que debe ser discutido y analizado con todas las entidades y empresas que forman parte del sector de los combustibles, ya que somos quienes tenemos las experiencias y sabemos lo que se mueve en el sector”, reafirmó el presidente de Anadegas.

De su lado, el presidente de ANG destacó que el proyecto de ley fomenta la competencia desleal entre los diferentes representantes del sector hidrocarburos, ya que deja brechas para prácticas monopólicas que benefician al sector del GLP.

Céspedes aseguró que el sector del Gas Licuado de Petróleo es el que más les preocupa, debido a que a este se le otorgan concesiones que le dan más beneficios de los que ya tienen, señalando de forma específica el apalancamiento de gastos operativos como el mantenimiento de las instalaciones y el retorno de la inversión, lo cual, a su entender, no lo posee el resto del sector.

Este es un proyecto de ley que está más amparado para el manejo del sector importador, que del sector de la distribución y el de la venta al detalle”, lamentó.

En el caso de los combustibles líquidos, el presidente de ANG explicó que el proyecto deja en una condición de “fragilidad” a los detallistas, debido a que solo les brinda mayores oportunidades a los distribuidores mayoristas de combustibles y a los transportistas de alto volumen.

Céspedes calificó como “algo favorable y novedoso” los nuevos márgenes de los distribuidores que establece el proyecto de ley, el cual también plantea el cómo se manejaría a través del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes.

Sin embargo, entiende que, aunque la iniciativa legal especifica la forma de endosarlo, no ofrece la garantía del ingreso mínimo que actualmente tienen los integrantes del sector de los hidrocarburos.

Ya sea de la cadena de distribución; desde el importador, el distribuidor mayorista, el transportista y el detallista y, si se aplica de la forma que se está planteando en el nuevo proyecto de ley, sin dejar un margen mínimo, algunos de los sectores de la cadena de distribución pudieran desaparecer”, advirtió.

¿Qué propone el nuevo proyecto de ley?

El documento, en su Artículo 4, propone una modificación del Artículo 8 de la Ley 112-00, para que diga de la siguiente manera: “El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), mediante resoluciones que dictará al efecto cada 15 días calendario, establecerá los precios de venta al público que regirán para los combustibles referidos en la tabla 1 del Artículo 1 de esta ley”.

Asimismo, establece que los precios habrán de reflejar los precios de los combustibles en el mercado internacional y la tasa de cambio suministrada por el Banco Central de República Dominicana.

https://ehplus.do/wp-content/uploads/2023/06/A1CB-1.pdf

Especifica que las resoluciones deberán ser publicadas en un medio de circulación nacional y deberán desglosar los elementos que componen el precio de venta al público de cada combustible, incluyendo los impuestos, márgenes de comercialización y el ajuste por temperatura.

Además, propone modificar el Artículo 10 para eliminar el reglamento de cálculo y de componentes de costos que está establecido actualmente en los precios de paridad de importación (PPI) y se especifican en la propia ley los 13 componentes de costos que lo integran, los cuales son: Free On Board (FOB), Prima (P), Flete (FT), Seguro Marítimo (SM), Costo de Intermediación (CI), Gastos de Certificación (GC), Costos Bancarios (CB), Pérdidas Marítimas (PM), Costos de Inventarios (CIV), Cobertura Financiera para petróleo y sus derivados -hedge- CF), Cargo por Manejo de Terminal (CMT), Diferencia de Cambio (DC) y el tan cuestionado Gasto de Administración de la Ley (GAL).

Recibe nuestras noticias por correo

Las más leidas

spot_img

Mira otros tags: