Santo Domingo.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) estableció distintas vías para completar los cuatro años de vigencia de las licencias de conducir de personas adultas mayores que recibieron documentos con una duración de solo dos años, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Constitucional y un decreto presidencial que eliminaron esa limitación.
La institución dispuso que la solución aplicable a cada titular se determine a partir del monto efectivamente pagado y que no haya sido reembolsado. Para ejecutar las medidas, el director del Intrant, Juan Manuel Méndez García, instruyó al director de Licencia de Conducir, Augusto Pérez Sánchez, a aplicar las disposiciones conforme a las normas vigentes y a la conveniencia de las personas afectadas.
Uno de los procedimientos contempla a las personas de 75 años o más que pagaron la tarifa completa correspondiente a una licencia de cuatro años, pero recibieron un documento válido únicamente por dos. En esos casos, podrán completar los dos años restantes mediante una extensión sin costo adicional.
Para quienes pagaron el 50 % de la tarifa por una licencia de dos años, el Intrant establece que, al concluir ese período, podrán recibir una extensión por otros dos años. Para completar el precio correspondiente a los cuatro años, deberán abonar el 50 % restante, de manera que el total pagado no supere la tarifa prevista para una licencia con esa vigencia.
La institución también contempla la emisión de una nueva licencia válida por cuatro años, contados desde su fecha de expedición. Esta alternativa requiere el pago de la tarifa completa, independientemente del monto que el titular haya abonado anteriormente.
Cómo se determinará el procedimiento
La aplicación de las medidas dependerá del pago que pueda verificarse en los registros del sistema del Intrant. Si la información no aparece registrada, la persona podrá presentar el comprobante correspondiente para acreditar el monto abonado.
Cuando se haya realizado una devolución parcial, el cálculo se efectuará sobre la cantidad que permanezca efectivamente pagada. Además, las tarifas de referencia serán las vigentes para la categoría de licencia de que se trate.
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Las extensiones se concederán una vez concluido el período de dos años del documento original, con el propósito de completar los cuatro años de vigencia contemplados en el artículo 208 de la Ley núm. 63-17.
El Intrant también dispuso que cada caso tramitado quede documentado en el registro correspondiente. La constancia deberá identificar el procedimiento aplicado, el monto verificado y la fecha en que se conceda la extensión o se emita la nueva licencia.
El organismo exhortó a las personas que se encuentren en esta situación a acudir a sus centros de servicio con la licencia de conducir y, cuando sea necesario, el comprobante de pago, a fin de gestionar el procedimiento que corresponda.
Con estas disposiciones, el Intrant señala que busca garantizar el cumplimiento de las decisiones del Tribunal Constitucional, respetar los derechos de las personas adultas mayores y asegurar la aplicación transparente de la normativa de tránsito.
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