La Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana es una legislación integral que regula todos los aspectos relacionados con la movilidad y el transporte terrestre en el país. Esta ley fue promulgada el 21 de febrero del 2017 y busca mejorar la seguridad vial, la movilidad sostenible y la calidad del transporte en el territorio dominicano.
A continuación, se destacan algunos de sus puntos clave:
- Creación del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant): la ley establece la creación del Intrant como la entidad encargada de regular y supervisar todos los aspectos relacionados con el tránsito y el transporte terrestre en el país.
- Regulación del transporte público: la ley incluye disposiciones para la organización, regulación y modernización del transporte público de pasajeros, incluyendo autobuses, minibuses, taxis y motoconchos.
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3. Seguridad vial: se implementan medidas para mejorar la seguridad vial, como la obligatoriedad del uso del casco protector para motociclistas, el uso del cinturón de seguridad, la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol y drogas, y la implementación de sistemas de control y monitoreo del tráfico.
4. Licencias de conducir: se establece un sistema de licencias de conducir con diferentes categorías según el tipo de vehículo, así como requisitos y procedimientos para su obtención y renovación.
5. Educación y sensibilización: se promueve la educación y sensibilización en materia de seguridad vial y movilidad sostenible, tanto en el ámbito escolar como en campañas públicas dirigidas a conductores y peatones.
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6. Normas de circulación y tránsito: se dispone normas claras para la circulación de vehículos y peatones, incluyendo la señalización vial, los límites de velocidad, el estacionamiento y las prioridades en la vía pública.
7. Sanciones y multas: se detallan las infracciones de tránsito y las correspondientes sanciones y multas, con el objetivo de fomentar el cumplimiento de las normas y reducir la siniestralidad vial.
8. Fomento de la movilidad sostenible: incentiva el uso de medios de transporte sostenibles, como la bicicleta y el transporte público, y promueve la implementación de infraestructuras adecuadas para su uso seguro y eficiente.
