Minerd pagó RD$3.7 millones en energía sin retener ISR

República Dominicana. El Ministerio de Educación realizó desembolsos por RD$3,719,314 correspondientes al pago de energía eléctrica sin aplicar la retención del 5 % del Impuesto sobre la Renta (ISR) que, de acuerdo con la auditoría, correspondía efectuar.

El hallazgo fue identificado por la Cámara de Cuentas de la República durante la auditoría al Ministerio de Educación correspondiente al período comprendido entre el 17 de agosto de 2020 y el 3 de agosto de 2022, cuando Roberto Fulcar estaba al frente de la institución.

La observación se refiere específicamente al tratamiento tributario aplicado a los pagos de energía eléctrica y fue mantenida por el órgano fiscalizador después de analizar las explicaciones presentadas por la administración auditada.

Cámara de Cuentas mantiene el hallazgo

Ante la observación, Fulcar sostuvo que la situación no generó perjuicio económico ni pérdida de recaudación para el Estado dominicano.

El entonces ministro argumentó además que los contribuyentes involucrados habían realizado oportunamente sus declaraciones fiscales, reportando la totalidad de los ingresos percibidos y efectuando los pagos tributarios correspondientes conforme a las disposiciones fiscales vigentes.

Sin embargo, la Cámara de Cuentas concluyó que las explicaciones y documentos aportados no subsanaban la condición observada.

El órgano fiscalizador señaló que no fueron presentadas evidencias suficientes, competentes y pertinentes que permitieran desvirtuar la observación formulada. Por esa razón, el hallazgo se mantiene en los mismos términos planteados en el informe de auditoría.

El punto central de la observación, por tanto, no fue únicamente determinar si los contribuyentes posteriormente declararon sus ingresos y pagaron los impuestos correspondientes, sino verificar el cumplimiento de la obligación de aplicar la retención del 5 % al momento de realizar los pagos de energía eléctrica.

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Además del hallazgo relacionado con los pagos de electricidad, la auditoría identificó una retención de ITBIS aplicada de manera incorrecta por RD$309,898.

El caso correspondió al pago por la compra de monitores, operación en la que el Ministerio aplicó una retención equivalente al 30 % del ITBIS.

Según el expediente auditado, esa transacción estaba exenta de dicha retención conforme a las disposiciones tributarias aplicables.

Fulcar respondió que la administración actuó con diligencia institucional para identificar, corregir y prevenir situaciones operativas y contables de este tipo.

Como parte de esa respuesta, indicó que se gestionó formalmente el acompañamiento técnico de la Dirección General de Contabilidad Gubernamental (Digecog) con el propósito de fortalecer los procesos de control y clasificación tributaria y contable del Ministerio de Educación.

La Cámara de Cuentas, no obstante, determinó nuevamente que no fue presentada evidencia documental suficiente, competente y pertinente para subsanar la observación.

Por ello, el equipo auditor concluyó que la condición observada debía mantenerse en los mismos términos expuestos en el informe.

Pagos de energía quedan bajo observación tributaria

El hallazgo sobre los pagos de electricidad coloca el foco en el cumplimiento de las obligaciones de retención tributaria asociadas al gasto energético del Ministerio de Educación durante el período examinado.

La Cámara de Cuentas no dio por subsanada la observación a partir de la explicación de que los contribuyentes habrían cumplido posteriormente con sus declaraciones y obligaciones fiscales. Para el órgano fiscalizador, la administración debía aportar documentación que permitiera demostrar que la situación observada había sido corregida o que la retención no correspondía.

En consecuencia, los RD$3.72 millones en pagos de energía eléctrica permanecen como el principal hallazgo tributario relacionado con el gasto energético señalado en esta parte de la auditoría.

La revisión corresponde a una administración que estuvo al frente del Ministerio entre agosto de 2020 y agosto de 2022 y cuyos procedimientos de registro y tratamiento tributario fueron examinados por la Cámara de Cuentas.

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